Covid 19. Nota de la AEAT sobre declaraciones INTRASTAT durante el estado de alarma en el caso de no disponer del certificado electrónico de la empresa

Covid 19. Nota de la AEAT sobre declaraciones INTRASTAT durante el estado de alarma en el caso de no disponer del certificado electrónico de la empresa

En la página web de la AEAT se ha publicado una NOTA en la que se indica que como consecuencia de la crisis del COVID-19, algunas empresas se han visto en la situación de no disponer de sus certificados electrónicos para la presentación de las declaraciones Intrastat, al estar instalados en los ordenadores de las oficinas de dicha empresa.

En la página web de la AEAT se ha publicado una NOTA en la que se indica que como consecuencia de la  crisis del COVID-19, algunas empresas se han visto en la situación de no disponer de sus certificados electrónicos para la presentación de las declaraciones Intrastat, al estar instalados en los ordenadores de las oficinas de dicha empresa.

En estos supuestos y de forma provisional, se indicará a los operadores que podrán utilizar su certificado electrónico personal para presentar las declaraciones Intrastat de la empresa, de forma que el titular de ese certificado de persona física proceda a darse de alta como tercero declarante y a dar de alta como representado el NIF de la empresa obligada a declarar.

Puede dase de alta como tercero declarante en el siguiente enlace:

Registro de terceros declarantes, empresas cabecera y autorizados

o bien acceder a dicho trámite a través de la siguiente ruta de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria:

  • Inicio
  • Todos los trámites
  • Aduanas
  • Intrastat
  • Gestiones Intrastat
    • Registro de terceros declarantes, empresas cabecera y autorizados
      • Gestión de Terceros Declarantes, Empresas Cabecera, Autorizados

Importante: Al presentar las declaraciones configurará el NIF como tercero declarante persona física (lo carga el propio sistema) y deberá consignarse manualmente el NIF de la entidad obligada a declarar.

En el caso de operadores que no dispongan de certificado electrónico de la empresa ni del correspondiente a alguna persona física vinculada a la empresa, podrán utilizar el sistema cl@ve para registrarse como terceros declarantes y actuar como se indicó anteriormente. Para registrarse en el sistema cl@ve y obtener información sobre su funcionamiento, pueden acceder a través del siguiente enlace:

Registro Cl@ve

Importante: Las altas de terceros declarantes en los supuestos aquí relacionados tendrán carácter provisional mientras esté vigente el estado de alarma.