Preguntas y respuestas sobre el BREXIT: Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y el Reino Unido

Preguntas y respuestas sobre el BREXIT: Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y el Reino Unido

El Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y el Reino Unido, aplicable desde el 1 de enero de 2021, abarca los siguientes ámbitos: comercio de bienes y servicios, comercio digital, propiedad intelectual, contratación pública, aviación y transporte viario, energía, pesca, coordinación de la seguridad social, cooperación judicial y policial en materia penal, cooperación temática y participación en programas de la Unión.

Como ya le informamos en su día sobre el Brexit, tras meses de arduas negociaciones, el 24 de diciembre de 2020 la Unión Europea y el Reino Unido alcanzaron un Acuerdo de Comercio y Cooperación que rige, desde el 1 de enero de 2021, la relación entre las partes.

El Acuerdo de Comercio y Cooperación es un texto largo y complejo cuyos contenidos pueden dividirse en cuatro grandes bloques:

  • El primero sobre Libre Comercio, que elimina las cuotas y los aranceles entre el Reino Unido y la UE y que establece un capítulo de “Level Playing Field” o de condiciones de competencia justa, una de las exigencias de mayor peso de la Unión durante las negociaciones.
  • El segundo establece un marco de cooperación económica, social, medioambiental y en materia de pesca que prevé disposiciones dirigidas a asegurar la conectividad energética y en materia de transportes, así como la coordinación en ámbitos relacionados con la seguridad social.
  • El tercero regula una asociación en materia de seguridad interior basada en mecanismos existentes como Europol o Eurojust e incluye disposiciones en materia de entrega de detenidos, de lucha contra el blanqueo y contra la financiación del terrorismo.
  • Por último, un cuarto bloque establece un marco de gobernanza común con gobernanza sustentada en un marco institucional que cuenta con un “Consejo de Asociación”, copresidido por un miembro de la Comisión Europea y por un representante del gobierno británico de nivel ministerial, que supervisará la aplicación del Acuerdo y estará asistido por Comités Especializados y Grupos de Trabajo.

La Unión Europea y el Reino Unido constituirán dos mercados separados y dos espacios normativos y jurídicos distintos. Esto creará en ambas direcciones obstáculos al comercio de bienes y servicios, así como a la movilidad y los intercambios transfronterizos.

En este sentido, le informamos que la Comisión Europea ha preparado un documento con preguntas y respuestas sobre el nuevo Acuerdo de Comercio y Cooperación.

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