Entre los documentos que se necesitan para acreditar las condiciones subjetivas de la situación de vulnerabilidad para la deuda arrendaticia e hipotecaria, se establece que la concurrencia de las circunstancias de vulnerabilidad se acreditará mediante la presentación de determinado documentos, en concreto en el caso de cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia, se exige certificado expedido por la AEAT o el órgano competente de la Comunidad Autónoma, en su caso, sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado.
Entre los documentos que se necesitan para acreditar las condiciones subjetivas de la situación de vulnerabilidad para la deuda arrendaticia e hipotecaria, se establece que la concurrencia de las circunstancias de vulnerabilidad se acreditará mediante la presentación de determinado documentos, en concreto en el caso de cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia, se exige certificado expedido por la AEAT o el órgano competente de la Comunidad Autónoma, en su caso, sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado.