ULTIMA HORA. Aprobada la ampliación del plazo de las autoliquidaciones a presentar para el primer trimestre 2020

ULTIMA HORA. Aprobada la ampliación del plazo de las autoliquidaciones a presentar para el primer trimestre 2020

El Consejo de Ministros del día 14 de abril ha aprobado un Real Decreto Ley, que se ha publicado hoy en el BOE, por el que los contribuyentes con una facturación de hasta 600.000 euros tendrán de plazo hasta el 20 de mayo para presentar las declaraciones del primer trimestre de 2020. en el caso de declaraciones domiciliadas, el plazo se amplía también un mes y pasa del 15 de abril al 15 de mayo. Independientemente del momento de la presentación, todos los cargos se realizarán el 20 de mayo. Esto incluye también las declaraciones presentadas antes del 15 de este mes.

El Consejo de Ministros del día 14 de abril ha aprobado un Real Decreto Ley, que permite prolongar el plazo de presentación de declaraciones y autoliquidaciones de impuestos para pymes y autónomos. La norma establece que estos colectivos no deberán presentar estos pagos tributarios en abril, como es habitual, sino que extiende el plazo un mes hasta el 20 de mayo para mitigar el impacto económico provocado por la crisis de Covid-19 .

En concreto, la norma recoge que los contribuyentes con una facturación de hasta 600.000 euros tendrán de plazo hasta el 20 de mayo para presentar las declaraciones de impuestos correspondientes a abril. Es decir, podrán aplazar la presentación de la declaración trimestral de IVA, el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades, así como el del IRPF. En el caso de declaraciones domiciliadas, el plazo se amplía también un mes y pasa del 15 de abril al 15 de mayo. Independientemente del momento de la presentación, todos los cargos se realizarán el 20 de mayo. Esto incluye también las declaraciones presentadas antes del 15 de este mes.