{"id":13553,"date":"2025-11-17T09:55:58","date_gmt":"2025-11-17T09:55:58","guid":{"rendered":"https:\/\/www.albacarassessors.com\/?p=13553"},"modified":"2025-11-17T09:59:20","modified_gmt":"2025-11-17T09:59:20","slug":"puede-la-empresa-obligar-al-trabajador-asistir-a-un-curso-de-formacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.albacarassessors.com\/es\/2025\/11\/17\/puede-la-empresa-obligar-al-trabajador-asistir-a-un-curso-de-formacion\/","title":{"rendered":"\u00bfPuede la empresa obligar al trabajador asistir a un curso de formaci\u00f3n?"},"content":{"rendered":"<div class=\"summary\">\n<h4>La formaci\u00f3n profesional en el trabajo es un derecho, pero tambi\u00e9n puede convertirse en una obligaci\u00f3n. La clave est\u00e1 en si el curso est\u00e1 vinculado al puesto y en cu\u00e1ndo se imparte. No todos los cursos que ofrece una empresa son obligatorios para sus empleados. La ley distingue entre formaci\u00f3n necesaria, voluntaria y de prevenci\u00f3n, y cada una tiene consecuencias diferentes.<\/h4>\n<\/div>\n<div class=\"content\">\n<p>En el despacho llevamos semanas atendiendo consultas sobre los cursos de formaci\u00f3n que organizan las empresas. Muchos nos pregunt\u00e1is lo mismo: \u00ab\u00bfPodemos obligar a los trabajadores a asistir?\u00bb \u00ab\u00bfY si el curso se hace fuera del horario laboral?\u00bb<\/p>\n<p>Son dudas normales, porque la norma no siempre se entiende igual desde el papel que desde la pr\u00e1ctica.<\/p>\n<p>Vamos a intentar explicarlo de manera sencilla, para que lo puedan entender nuestros clientes.<\/p>\n<p><strong>Cuando el curso tiene que ver con el trabajo<\/strong><\/p>\n<p>Si la formaci\u00f3n est\u00e1 directamente relacionada con el puesto -por ejemplo, una nueva herramienta que el trabajador tendr\u00e1 que usar, o un cambio de normativa que afecta a su labor diaria-, la asistencia s\u00ed es obligatoria. Y adem\u00e1s, ese tiempo cuenta como trabajo.<\/p>\n<p>El motivo es simple: el trabajador no est\u00e1 haciendo algo ajeno a su empleo, sino cumpliendo con \u00e9l. La empresa tiene derecho a exigirlo y el trabajador debe acudir, igual que acude a una reuni\u00f3n o a una tarea del d\u00eda a d\u00eda.<\/p>\n<p>Eso s\u00ed, debe hacerse dentro del horario laboral. Si se organiza fuera, la empresa debe pagar o compensar ese tiempo. De lo contrario, no se considerar\u00eda correctamente gestionado.<\/p>\n<p><strong>Formaci<\/strong><strong>\u00f3<\/strong><strong>n en prevenci<\/strong><strong>\u00f3<\/strong><strong>n de riesgos<\/strong><\/p>\n<p>Aqu\u00ed no hay debate. Es obligatoria, siempre. Y adem\u00e1s, la ley dice claramente que no puede tener ning\u00fan coste para el trabajador. Ni en dinero, ni en tiempo.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 19 de la Ley de Prevenci\u00f3n de Riesgos Laborales establece que esta formaci\u00f3n debe hacerse dentro de la jornada o, si no es posible, fuera, pero compensando el tiempo.<br \/>\nPor tanto, si se organiza una sesi\u00f3n sobre seguridad, primeros auxilios o riesgos espec\u00edficos, todos los empleados deben asistir, y el coste y el tiempo corren a cargo de la empresa.<\/p>\n<p><strong>Cuando la empresa ofrece formaci<\/strong><strong>\u00f3<\/strong><strong>n fuera del horario<\/strong><\/p>\n<p>Aqu\u00ed es donde suelen empezar los problemas. Hay cursos que la empresa ofrece porque considera que pueden ser \u00fatiles -por ejemplo, idiomas, gesti\u00f3n del tiempo o liderazgo-, pero que no son esenciales para el trabajo. En ese caso, el trabajador puede decidir si va o no. No hay obligaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Ahora bien, si la empresa decide que el curso es obligatorio porque afecta directamente al desempe\u00f1o (por ejemplo, el uso de una nueva aplicaci\u00f3n o la implantaci\u00f3n de un sistema de ventas), aunque sea fuera del horario, debe pagarlo o compensarlo.<\/p>\n<p>El sentido com\u00fan manda: si el curso lo necesita la empresa, el tiempo es de trabajo.<br \/>\nSi lo ofrece como oportunidad, es voluntario.<\/p>\n<p><strong>Cursos en d<\/strong><strong>\u00ed<\/strong><strong>as libres o vacaciones<\/strong><\/p>\n<p>Esto s\u00ed hay que decirlo claro: nadie puede ser obligado a ir a un curso en su d\u00eda libre o durante las vacaciones. El descanso no se toca. Ni para una reuni\u00f3n ni para una formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Si el curso es obligatorio, se programa en horario de trabajo o se compensa.<br \/>\nY si no lo es, el trabajador puede negarse sin que eso le cause ning\u00fan perjuicio.<\/p>\n<p>A veces las empresas lo hacen con buena intenci\u00f3n -\u00abya que est\u00e1n libres, que aprovechen\u00bb-, pero legalmente no se sostiene. Las vacaciones no se mueven, ni se interrumpen.<\/p>\n<p><strong>Formaci<\/strong><strong>\u00f3<\/strong><strong>n con desplazamiento<\/strong><\/p>\n<p>Tambi\u00e9n nos lo han preguntado: \u00bfqu\u00e9 pasa si el curso se hace en otra ciudad o en la sede central? En ese caso, el Estatuto de los Trabajadores lo deja claro: la empresa debe asumir los gastos de viaje, dietas y alojamiento, y debe avisar con antelaci\u00f3n razonable.<br \/>\nEl trabajador, mientras tanto, mantiene todos sus derechos, y el tiempo empleado cuenta como jornada laboral.<\/p>\n<p>Es decir, si el curso dura cuatro d\u00edas fuera, son cuatro d\u00edas de trabajo, y todos los costes corren por cuenta de la empresa.<\/p>\n<p><strong>Cuando el trabajador se niega a asistir<\/strong><\/p>\n<p>Si la formaci\u00f3n es obligatoria y la empresa ha cumplido con todo (aviso, justificaci\u00f3n y horario razonable), la negativa puede tener consecuencias. Se considerar\u00eda una falta de obediencia, que puede ser sancionable.<\/p>\n<p>Ahora bien, conviene actuar con cabeza. Antes de imponer nada, hay que hablarlo.<br \/>\nA veces la negativa viene de una mala comunicaci\u00f3n o de problemas personales. Cuando se explica el motivo real del curso y se da margen, casi siempre se resuelve sin conflicto.<\/p>\n<p><strong>A tener en cuenta&#8230;<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Si el curso est\u00e1 relacionado con el trabajo, es obligatorio.<\/li>\n<li>Si es de prevenci\u00f3n, tambi\u00e9n lo es, y lo paga la empresa.<\/li>\n<li>Si se hace fuera del horario, se compensa o se abona.<\/li>\n<li>Si coincide con vacaciones o d\u00edas libres, no se puede imponer.<\/li>\n<li>Si hay desplazamiento, los gastos son de la empresa.<\/li>\n<\/ul>\n<p>La formaci\u00f3n es una buena herramienta, pero hay que gestionarla con equilibrio. No todo curso puede imponerse, ni todo debe ser voluntario. Nuestro consejo es sencillo:<\/p>\n<ul>\n<li>Si la empresa necesita que el trabajador se forme, debe facilitarle el tiempo y asumir el coste.<\/li>\n<li>Si el curso es algo opcional, se ofrece, pero no se exige.<\/li>\n<\/ul>\n<p>La experiencia nos demuestra que cuando se explican bien las cosas, la gente responde con sentido com\u00fan. Y eso, en el fondo, es lo que mantiene la paz laboral.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La formaci\u00f3n profesional en el trabajo es un derecho, pero tambi\u00e9n puede convertirse en una obligaci\u00f3n. La clave est\u00e1 en si el curso est\u00e1 vinculado al puesto y en cu\u00e1ndo se imparte. No todos los cursos que ofrece una empresa son obligatorios para sus empleados. 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