{"id":11560,"date":"2024-08-05T08:49:01","date_gmt":"2024-08-05T08:49:01","guid":{"rendered":"https:\/\/www.albacarassessors.com\/?p=11560"},"modified":"2024-08-05T08:49:56","modified_gmt":"2024-08-05T08:49:56","slug":"publicado-el-reglamento-europeo-de-inteligencia-artificial-las-claves-de-su-aplicacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.albacarassessors.com\/es\/2024\/08\/05\/publicado-el-reglamento-europeo-de-inteligencia-artificial-las-claves-de-su-aplicacion\/","title":{"rendered":"Publicado el Reglamento europeo de Inteligencia Artificial: Las claves de su aplicaci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<div class=\"summary\">\n<h4>El Diario Oficial de la Uni\u00f3n Europea (DOUE) ha publicado el Reglamento (UE) 2024\/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial (Reglamento de Inteligencia Artificial). El reglamento no ser\u00e1 aplicable con car\u00e1cter general hasta el 2 de agosto de 2026, pero algunas previsiones del mismo son aplicables en plazos distintos.<\/h4>\n<p>La Inteligencia Artificial ha llegado para quedarse, y supuestamente para mejorar nuestra vida. Por ello, es obligatorio que la Uni\u00f3n Europea lo regule, debido a las implicaciones que puedan llegar a tener.<\/p>\n<p>La normativa ha sido publicada como el <a class=\"external\" href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/legal-content\/ES\/TXT\/PDF\/?uri=OJ:L_202401689\" target=\"_blank\" rel=\"external noopener noreferrer\">Reglamento 2024\/1689, por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial<\/a>. La normativa es extensa, y enfatiza en el control de obligaciones y en fomentar tecnolog\u00edas sostenibles.<\/p>\n<p><strong>Entrada en vigor<\/strong><\/p>\n<p>Es cierto que la normativa no se aplicar\u00e1 hasta el 2 de agosto de 2026, pero determinadas pr\u00e1cticas de la IA estar\u00e1n ya prohibidas desde febrero de 2025, adem\u00e1s de que habr\u00e1 sistema de gobernanza de la IA en Europa, arsenal sancionador por incumplimiento, y organismos reguladores de la IA.<\/p>\n<ul>\n<li>Las prohibiciones de determinadas pr\u00e1cticas relacionadas con la IA ser\u00e1n ya aplicables a partir del 2 de febrero de 2025.<\/li>\n<li>Las previsiones relativas a los organismos notificados, a los sistemas de IA generales pero que implican riesgos sist\u00e9micos, al sistema de gobernanza de la IA en Europa y buena parte del arsenal sancionador ser\u00e1n aplicables a partir del 2 de agosto de 2025 (con lo que la base organizativa estar\u00e1 ya lista para cuando sea exigible el conjunto m\u00e1s sustancial de obligaciones).<\/li>\n<li>Ser\u00e1 aplicable a partir del 2 de agosto de 2027 la regulaci\u00f3n de ciertos sistemas de IA de alto riesgo (los que sean componentes de seguridad de ciertos productos o constituyan en s\u00ed mismos dichos productos caracterizados por requerirse una evaluaci\u00f3n de seguridad para su comercializaci\u00f3n o puesta en servicio -por ejemplo, m\u00e1quinas, juguetes, ascensores o productos sanitarios-).<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Protecci\u00f3n de datos<\/strong><\/p>\n<p>No debemos olvidar que la IA es un riesgo brutal a nivel de protecci\u00f3n de datos. Al fin y al cabo, las IA \u00abaprenden\u00bb, pero la gran pregunta es si aprenden respetando protecci\u00f3n de datos o no. No es lo mismo que una IA utilice los datos de todos los usuarios para \u00absaber cosas\u00bb, que no los utilice.<\/p>\n<p>Si no los utiliza, la IA ser\u00e1 menos efectiva, pero ser\u00e1 m\u00e1s respetuosa con la normativa europea. Su aplicaci\u00f3n objetiva es la definici\u00f3n de lo que debemos entender como inteligencia artificial, y deja fuera pocas cosas.<\/p>\n<p><strong>\u00c1mbito de aplicaci\u00f3n objetivo<\/strong><\/p>\n<p>En cuanto al \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n objetivo, el Reglamento parte de una amplia definici\u00f3n de lo que se ha de entender por IA y deja fuera de su \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n s\u00f3lo algunas manifestaciones concretas de estos sistemas<\/p>\n<p>Queda fuera la aplicaci\u00f3n de la IA para fines militares, tambi\u00e9n los sistemas que vaya a tener como finalidad desarrollo cient\u00edfico. Por consiguiente, se trata de regular los sistemas de IA, para fines comerciales y de servicios, pero queda fuera la investigaci\u00f3n cient\u00edfica, militar, seguridad nacional, etc.<\/p>\n<p><strong>Mecanismos de control<\/strong><\/p>\n<p>Como mecanismos de control, hay tres niveles de riesgo definidos por el Reglamento. Tenemos el Riesgo inadmisible, que es lo que quedar\u00e1 prohibido y que va contra la UE y su normativa. Por ejemplo, ser\u00eda la puntuaci\u00f3n social, las t\u00e9cnicas subliminales, el aprovechar la vulnerabilidad de las personas, categorizarlas biom\u00e9tricamente o reconocer emociones, sobre todo si no es en \u00e1mbito privado.<\/p>\n<p>Luego tenemos el alto riesgo, que incluir\u00eda todos los sistemas con IA que implican juguetes, ascensores, veh\u00edculos de motor, etc. y tambi\u00e9n los sistemas de seguros de vida y salud, clasificaci\u00f3n crediticia de las personas, promoci\u00f3n, despido de personal, etc.<\/p>\n<p>En cuanto al alto riesgo hay mucha clasificaci\u00f3n y es muy extenso, debido a la materia que es muy abstracta. Por \u00faltimo, tenemos el riesgo bajo, que son los l\u00edmites donde la IA puede desarrollarse tranquilamente, pero por supuesto con arreglo a la normativa vigente, y sometido a r\u00e9gimen de obligaciones de informaci\u00f3n. Podr\u00e1n adherirse a c\u00f3digos de conducta de la UE.<\/p>\n<p>Conviene tener en cuenta que los sistemas generales de IA, como CHAT GPT o GEMINI, entra\u00f1an riesgos sist\u00e9micos, pueden causar accidentes graves, ser utilizados indebidamente, ser utilizados para ciberataques, etc.<\/p>\n<p><strong>Estructura administrativa de control y r\u00e9gimen sancionador<\/strong><\/p>\n<p>Se dise\u00f1a una estructura administrativa de control y r\u00e9gimen sancionador, de hecho, en Espa\u00f1a ya tenemos la AGENCIA ESPA\u00d1OLA DE SUPERVISI\u00d3N DE INTELIGENCIA ARTFICIAL (Real Decreto 729\/2023, de 22 de agosto), que debe inspeccionar, comprobar y sancionar en caso de mal uso.<\/p>\n<p>A nivel europeo, la OFICINA EUROPEA DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL ser\u00e1 el organismo de control al que corresponden importantes funciones.<\/p>\n<p><strong>Atenci\u00f3n.<\/strong> Las <strong>multas <\/strong>por infracciones del Reglamento de Inteligencia Artificial se han fijado como un <strong>porcentaje del volumen de negocios anual global de la empresa<\/strong> infractora en el ejercicio financiero anterior o un <strong>importe predeterminado<\/strong>, si este fuera superior, y pueden llegar hasta los <strong>35 millones de euros<\/strong> o el <strong>7 % del volumen de negocios anual<\/strong> total a escala mundial del infractor durante el ejercicio financiero anterior, si este importe fuera superior.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Diario Oficial de la Uni\u00f3n Europea (DOUE) ha publicado el Reglamento (UE) 2024\/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial (Reglamento de Inteligencia Artificial). 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